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miércoles, 22 de enero de 2014

UN ESTADO SIN DERECHOS



Consideramos en este artículo, la sin razón de la corriente privatista extrema que procura y hasta lo consigue de arrinconar al Estado a un mero guardián, excluyéndole de las posibilidades de demandar servicios de solidaridad y de participar en la actividad económica, allí en donde se requiere por interés general o público, como resulta con los recursos naturales. Nadie niega que quienes han de operar como expresión del Estado, en esos casos, han de ser igual o más eficientes que lo privado y no negamos que eso sea un serio problema en nuestra realidad,pero nada imposible de alcanzar;pues los tiempos van generando conciencia. Tampoco es nuestro afán el anteponer un intervencionismo estatal sin sentido; sino en el de centrar el problema y permitirle al Estado que tenga la posibilidad de ejercer su naturaleza de Gerente del Bien Común.
Guillermo G. Guerra C.      







UN ESTADO SIN DERECHOS
 
Hay una lamentable confusión de Estado con Gobierno o de percibir al Estado ajeno al individuo que lo constituye, algo así, como considerarse fuera de la familia o desconocer a ésta. Por otra parte, de un modo simple, se presenta la composición del mismo en dos partes: sociedad civil y sociedad política. La primera, los individuos, ciudadanos, paisanos o vecinos en un complejo de organizaciones o sociedades intermedias de diversos tipos y,  la segunda, el gobierno en un complejo de organizaciones o instituciones, dispuestas de acuerdo al modelo constitucional.  
Personalidad Jurídica
Con esa composición, el Estado aparece como un individuo con personalidad jurídica, es decir como persona de Derecho Público externo e interno y, por tanto, con un conjunto de derechos y de obligaciones o deberes y, a él, al Estado le corresponde el atributo de soberanía; no, a las regiones, ni municipalidades, ni a las universidades, para las cuales opera la autarquía o la autonomía. El Estado es el titular del Jus imperium, a partir del pacto constitucional, ejerce el poder para constituir el orden jurídico y para hacerlo cumplir, a partir del conjunto de autorizaciones puestas en la Constitución y conforme a ellas.
¿Derechos del Estado?
Para algunos esto sonará a herejía, porque semejante expresión no aparece en las constituciones de los Estados democráticos y porque los derechos corresponden a los miembros de la sociedad civil, mientras que al Estado, persona ideal, tiene una serie de deberes primordiales, precisados en el artículo 44 de la Constitución peruana; en nuestro caso. En general, la referencia es el de competencias o poderes; pero, ¿derechos?  Sin embargo, esa titularidad de la competencia ¿no importa un derecho? También se considera conveniente referirse a la República o Nación o Patria o nombre propio del Estado, pero no, a Estado y cuando se trata de defender la soberanía del Estado en conflictos con otros Estados  ¿no será defensa de los derechos del Estado, así a secas?  Siendo el estado un complejo de personas jurídicas, ¿no existen conflictos de derechos diversos y no sólo conflictos de competencias?
Razones y temores
Por cierto que hay razones para esa fuga de atribuirle derechos a tal persona ideal, porque se construyeron modelos y aún los existe que todo era al revés; es decir, la sociedad civil se cosificó y la única persona con derechos era o es el Estado, vale decir, un grupo de “valientes” ejerciendo el poder del Estado, único propietario, único con derecho a expresar su pensamiento y a publicarlo y hacerlo conocer para que todos los demás obedezcan, cuando el centro y la razón del Estado es la realización de la Persona humana en sí y de su hábitat; pero de ahí a negarle el poder o el derecho a exigir que se contribuya a su defensa, a participar en la actividad económica, cuando está de por medio el bienestar colectivo o el interés nacional, es despojar a esa persona de su propia razón, es decir, de su misión de ejercer la gerencia del bien común y de reducirlo a un fantoche que ha de estar al servicio del capital fundamentalmente; porque, sino, se fugan las inversiones y resultamos como “perros del hortelano”.         

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